Sentencia N° 475 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de julio de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0475, Exp. 17-1269, 02/07/2018
Expediente17-1269
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-07-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por el adolescente Adrián Guillermo Arroyo Ciccone contra el Aeropuerto Internacional G/D José Antonio Anzoátegui. La acción fue presentada el 21 de diciembre de 2017, alegando la violación de sus derechos humanos al impedirle salir del país con su madre, a pesar de contar con la autorización correspondiente. Sin embargo, la Sala determinó que la acción no fue ratificada dentro del plazo de tres días establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que llevó a declarar la solicitud como inadmisible.
Extracto de la motiva
Ahora bien, visto que no consta en autos que la acción de amparo a que se ha hecho referencia y que fuere interpuesta por vía de internet haya sido ratificada en la forma prevista en la norma supra transcrita, ni tempestivamente ni fuera del lapso prescrito al efecto, la precitada solicitud debe declararse inadmisible (…)
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el entonces adolescente ADRIÁN GUILLERMO ARROYO CICCONE, asistido por el abogado Ángel Adrián Arroyo Rueda, contra el Aeropuerto Internacional G/D José Antonio Anzoátegui. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.