Sentencia N° 475 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de abril de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 475, Exp. 15-0171, 24/04/2015
Expediente15-0171
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-04-24
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia N° 004 dictada por la Sala de Casación Civil, que declaró sin lugar un recurso de hecho. La solicitante argumentó que existía un error en la interpretación de la prejudicialidad penal. La Sala concluyó que la decisión de la Sala de Casación Civil era correcta y que no se había vulnerado ningún derecho constitucional, por lo que se declaró no ha lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine, esta Sala observa que la solicitante en revisión requirió la revisión de la decisión n.°0004 que dictó el 3 de febrero de 2015 la Sala de Casación Civil, por cuanto -en su criterio- existe un error en el planteamiento por parte de los Magistrados de la Sala de Casación Civil, al apartarse del criterio jurisprudencial sobre la prejudicialidad penal; al declarar que es una sentencia interlocutoria y con ello declarar sin lugar el recurso de hecho que negó el recurso de casación interpuesto en contra de la decisión emitida por la jueza superior, que declaró que no había prejudicialidad penal.

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la abogada ANA MIGUELINA MUENTES DE SANTANA, de la sentencia N° 0004 del 3 de febrero de 2015, dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

revisiónsentenciasjurisprudenciacosa juzgadacasaciónconstitucionalderechosprincipios

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca