Sentencia N° 474 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 474, Exp. 03-1562, 26/03/2004
Expediente03-1562
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-03-26
DecisiónIn limine litis improcedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por el abogado Alberto González Suárez en defensa de Néstor Efraín González Morillo, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible un recurso de apelación. La Sala establece que la acción de amparo no cumple con los requisitos legales exigidos, ya que no se demostró que el juez de control hubiera incurrido en abuso de poder o violación de derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala en innumerables decisiones ha destacado, que la solicitud de amparo incoada con base en el citado artículo 4 debe señalar no solo la actuación fuera de su competencia del órgano jurisdiccional, sino que además debe indicar de qué manera dicha actuación vulnera derechos constitucionales del accionante. En el presente caso, del análisis del escrito contentivo de la pretensión constitucional, la Sala observa que, la defensa del accionante se limitó a narrar las actuaciones procesales cumplidas ante el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta en el proceso penal seguido, entre otros, contra su defendido; sin embargo, no señala, mucho menos se deduce de su pretensión, la forma a través de la cual el Juzgado Superior se extralimitó en las atribuciones que le otorga la ley, ocasionando así, una violación de los derechos constitucionales de su patrocinado.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA in limine litis IMPROCEDENTE la acción de amparo interpuesta por el abogado ALBERTO GONZÁLEZ SUÁREZ, en su carácter de defensor del ciudadano NÉSTOR EFRAÍN GONZÁLEZ MORILLO, contra la decisión dictada el 3 de abril de 2003, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, que declaró inadmisible el recurso de apelación ejercido contra el auto del 10 de febrero de 2003, dictado por el Juzgado Tercero de Control del señalado Circuito Judicial Penal.

Palabras clave

amparo constitucionalCorte de Apelacionesrecurso de apelaciónderechos constitucionaleslegitimaciónCódigo Orgánico Procesal Penalindefensión procesal

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