Sentencia N° 473 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2019

TSJ/SC, Sent. N° 0473, Exp. 19-0168, 03/12/2019
Expediente19-0168
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-12-03
DecisiónHomologa el desistimiento del procedimiento de amparo

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento del procedimiento de amparo interpuesto por C.A. Centro Médico de Caracas contra la sentencia del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario. El desistimiento fue presentado por el abogado Guido Mejía Lamberti, quien actuó en representación de la sociedad demandante, indicando que las partes habían llegado a un acuerdo en el juicio principal. La Sala consideró que no existían violaciones al orden público ni a las buenas costumbres, permitiendo así la homologación del desistimiento.

Extracto de la motiva

Así pues, en el caso concreto, esta Sala luego de analizar las actas que conforman el presente expediente, aprecia que quien desistió es el apoderado judicial de la accionante de la acción de amparo, quien fue autorizado expresamente para ello. Asimismo, no se advierten violaciones al orden público ni a las buenas costumbres y tampoco se verifica que la causa tenga una incidencia de relevancia general, sino que se circunscribe a la esfera particular subjetiva de la solicitante. Ello así, visto que la solicitud presentada se encuentra dentro de los supuestos contenidos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala homologa el desistimiento del procedimiento de amparo presentado por el abogado Guido Mejía Lamberti, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. Centro Médico de Caracas, contra la sentencia la sentencia dictada el 6 de noviembre del 2018, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de amparo presentado por el abogado Guido Mejía Lamberti, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. CENTRO MÉDICO DE CARACAS, contra la sentencia dictada el 6 de noviembre del 2018, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

amparodesistimientoprocedimiento civiljusticiasentenciaderechoslegitimación

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