Sentencia N° 473 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de mayo de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 473, Exp. 12-0745, 06/05/2013
Expediente12-0745
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-06
DecisiónTerminado el procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Nilson José Romero contra decisiones del Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Se argumentó que las decisiones impugnadas vulneraron derechos constitucionales a la defensa y al debido proceso. La Sala constató que hubo inactividad procesal por más de seis meses, lo que llevó a declarar el abandono del trámite de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

La no actuación de la parte accionante en el presente caso, quien solicitó la tutela preferente del amparo, con miras supuestamente a una solución urgente, durante más de seis (6) meses, encuadra dentro de los extremos expuestos en la sentencia parcialmente transcrita, por lo que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y visto que no existen violaciones al orden público se declara el abandono de trámite, en la presente acción de amparo y, en consecuencia, terminado el procedimiento, y así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Zahorí Mago Rodríguez, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano NILSON JOSÉ ROMERO contra las decisiones dictadas el 05 y 08 de junio de 2012, por el Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Se impone a la parte actora una multa por la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela.

Palabras clave

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