Sentencia N° 472 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 472, Exp. 10-0139, 21/05/2010
Expediente10-0139
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-05-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La ciudadana Carmen Elena Villarreal de Alarcón interpuso una demanda de amparo constitucional contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia que negó la admisión de pruebas de inspección judicial. La Corte de Apelaciones declaró sin lugar la demanda, argumentando que no existía vulneración de derechos. La Sala Constitucional del TSJ, al revisar el caso, determinó que la negativa de admisión de pruebas no constituía una violación al derecho a la defensa, ya que la parte actora tenía otros recursos judiciales disponibles para impugnar la decisión. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de apelación y se revocó la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La ciudadana Carmen Elena Villarreal de Alarcón intentó, ante la Corte Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, demanda de amparo constitucional contra el juzgamiento que pronunció el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal el 14 de diciembre de 2009, por cuanto estimó que la misma era violatoria de sus derechos al debido proceso y a la defensa, en virtud de que le negó la admisión de la prueba de inspección judicial que promovió para que se practicara en la vivienda donde se realizó el allanamiento en la causa originaria y en el laboratorio de toxicología del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que conoció en primera instancia constitucional, declaró sin lugar la demanda de amparo sub examine porque evidenció que no existía la vulneración que se delató a los derechos constitucionales. En el caso de autos se desprende que la pretensión de amparo que se analiza fue interpuesta contra la decisión que dictó el Juzgado en funciones de Juicio, en la cual negó la admisión de la prueba de inspección judicial que promovió sobre la vivienda de la acusada (inmueble objeto del allanamiento) y en el Laboratorio de Toxicología del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación; REVOCA la decisión que emitió la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, el 26 de enero de 2010, que declaró sin lugar, y declara la INADMISIÓN de la demanda de amparo constitucional que propuso la ciudadana CARMEN ELENA VILLARREAL DE ALARCÓN contra el fallo que expidió el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal el 14 de diciembre de 2009. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.