Sentencia N° 471 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de octubre de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0471, Exp. 19-0690, 01/10/2021
Expediente19-0690
PonenteARCADIO DELGADO ROSALES
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-10-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Ole Nielsen Bodtker, debido a la falta de consignación de la sentencia impugnada. Se establece que la omisión de este documento es un requisito indispensable para la admisión de la acción de amparo. La Sala reafirma su competencia para conocer de la acción, pero resalta que la falta de documentación adecuada impide avanzar en el proceso.

Extracto de la motiva

Siendo esto así, se evidencia de las actas que conforman el expediente que los abogados Douglas Humberto Quintero Rodríguez y Héctor Rafael Quintero Rodríguez, actuando como apoderados judiciales del accionante ciudadano Ole Nielsen Bodtker, no consignaron copia certificada de la decisión o, al menos, copia simple de la misma, así como tampoco alegaron, ni lograron demostrar, la imposibilidad de consignarlas por habérsele negado el acceso a las mismas, siendo esta una carga procesal para proceder a la admisión del amparo contra sentencia, cuya existencia se encuentra en duda, y que de existir se desconoce su contenido. Así se declara. Como consecuencia de lo antes señalado, esta Sala debe declarar inadmisible la presente acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Douglas Humberto Quintero Rodríguez y Héctor Rafael Quintero Rodríguez, actuando como apoderados judiciales del hoy accionante ciudadano Ole Nielsen Bodtker, contra la sentencia del 19 de agosto de 2019, dictada por la Sala N° 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

1.- COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Douglas Humberto Quintero Rodríguez y Héctor Rafael Quintero Rodríguez, actuando como apoderados judiciales del ciudadano OLE NIELSEN BODTKER, contra la sentencia supuestamente dictada el 19 de agosto de 2019 por la Sala N° 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

amparosentenciainadmisioncarga procesalderechos constitucionales

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