Sentencia N° 471 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 0471, Exp. 15-0577, 02/07/2018
Expediente15-0577
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia impuso una multa de cien unidades tributarias al abogado Hernán José Ramos Rojas por no cumplir con una orden emitida en la decisión N.° 1.404, del 13 de noviembre de 2015. La multa fue notificada el 12 de diciembre de 2017, y el abogado presentó un reclamo argumentando que no recibió la solicitud de información requerida. Sin embargo, la Sala desestimó sus alegatos, señalando que como Presidente del Circuito Judicial Penal debía estar al tanto de las comunicaciones de su despacho.
Extracto de la motiva
Determinados los hechos, la Sala observa que el reclamante admite haber sido Presidente del Circuito Judicial Penal de Anzoátegui para el 25 de noviembre de 2015, y que no acató la orden de esta Sala. Se establece que la sanción es procedente por la omisión en el cumplimiento de la solicitud de información. La Sala concluye que la multa impuesta es válida y se ratifica la decisión anterior.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, decide que: PRIMERO: Se RATIFICA la sanción impuesta a través de la decisión N.° 1.076, dictada por esta Sala el 8 de diciembre de 2017, mediante la cual se multó al ciudadano HERNÁN JOSÉ RAMOS ROJAS, con cien (100) unidades tributarias. SEGUNDO: Se ORDENA a la Secretaría de la Sala que practique la notificación de la presente decisión, indicando al sancionado que deberá pagar la multa impuesta dentro de los treinta (30) días continuos siguientes.