Sentencia N° 470 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de octubre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0470, Exp. 24-0105, 25/10/2024
Expediente24-0105
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la competencia para conocer de la apelación interpuesta por Pedro María Galindo Cuello en relación a una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure. La apelación se basa en la presunta violación del principio 'non bis in idem' en el contexto de una acción de amparo constitucional. La Sala determina que es competente para conocer el caso y ordena la recabación de información adicional sobre la causa penal relacionada.
Extracto de la motiva
Observa la Sala que en el presente caso, para tener un mejor criterio y dictar una decisión ajustada a derecho, siendo que las únicas actuaciones que consta en el expediente de amparo constitucional, de la causa penal 1C-2590-21, nomenclatura del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure, extensión Guasdualito, refieren a la decisiones dictadas por dicho tribunal: (i) el 28 de diciembre de 2021, en la que es dictada una medida cautelar de carácter patrimonial, y (ii) el 26 de agosto de 2022, en la que se acuerda orden de aprehensión contra el accionante en amparo constitucional, ciudadano Pedro María Galindo Cuello, titular de la cédula de identidad n.° 15.682.540; y la decisión del 27 de septiembre del año 2.023, que ordenó la audiencia de imputación; y la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, de fecha 4 de julio de 2022, que anuló la decisión del mencionado a quo penal dictada el 28 de diciembre de 2021; es por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordena al Presidente del Circuito Judicial Penal estado Apure, recabe la siguiente información de la causa penal 1C-2590-21, del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure, extensión Guasdualito, o del Tribunal actual de conocimiento, o donde se encuentre actualmente el citado expediente; consistente en: 1. Relación procesal y estado procesal actual de la causa penal 1C-2590-21, incoada contra el ciudadano Pedro María Galindo Cuello, titular de la cédula de identidad n.° 15.682.540. 2. Si el ciudadano Pedro María Galindo Cuello, titular de la cédula de identidad n.° 15.682.540, se encuentra actualmente a derecho (detenido o en libertad). 3. Indicar si el ciudadano Pedro María Galindo Cuello tiene actualmente como sus defensores a los abogados Juan Carlos Gómez Bermejo, Manuel Alberto Moreno Juárez, y Fabián Daniel Cerpa Torrealba, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los n. 137.620, 300.568 y 264.372, respectivamente; de lo contrario, indicar quién o quienes ejercen la defensa privada o pública; a tal efecto, emitir copia certificada del acta de juramentación como defensores de los mencionados abogados, o en su defecto, del defensor o defensores actuales. 4. Copia certificada de todas las decisiones judiciales dictadas en el expediente judicial 1C-2590-21 (Piezas Principales y cuadernos incidentales), y acto conclusivo (en caso de haber sido presentado), a partir del 28 de diciembre de 2021, hasta la situación procesal actual en el referido expediente.
Dispositiva
Por tanto deberá cumplir con lo solicitado en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la notificación, más seis (6) días que se conceden por el término de la distancia, con la advertencia que el incumplimiento de la orden impartida acarreará la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremos de Justicia.