Sentencia N° 469 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de octubre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0469, Exp. 24-0074, 25/10/2024
Expediente24-0074
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-25
DecisiónHOMOLOGA el desistimiento de la apelación interpuesta

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación interpuesto por Sef Shreim Mosa contra la decisión de inadmisibilidad de su acción de amparo constitucional. El 14 de diciembre de 2023, la Corte de Apelaciones declaró inadmisible la acción por falta de pruebas. Posteriormente, el 14 de febrero de 2024, el demandante desistió de la apelación, lo que fue homologado por la Sala. La decisión final reafirma la inadmisibilidad de la acción de amparo y mantiene firme la sentencia apelada.

Extracto de la motiva

Consecuente con lo expuesto, se evidencia que constituye un criterio pacifico y reiterado por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de justicia (sic), la consignación de los instrumentos fundamentales contentivos de la presunta violación Constitucional denunciada en contra del TRIBUNAL QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, lo cual se rige como una auténtica carga procesal cuyo incumplimiento genera la inadmisibilidad de la acción interpuesta. Una vez realizadas todas las consideraciones que anteceden, aprecia esta Sala 1, que en el presente caso el accionante se limitaron (sic) a señalar una serie de situaciones como lesivas de los derechos constitucionales, por parte del TRIBUNAL QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, sin consignar ningún elemento de convicción lícito y fidedigno que le aporte veracidad a sus alegatos, por lo tanto lo ajustado al buen derecho deviene en declarar INADMISIBLE, la presente acción de amparo constitucional; conforme al criterio jurisprudencial referido ut supra.

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto. SEGUNDO: HOMOLOGA el desistimiento de la apelación interpuesta el 18 de diciembre de 2023, contra la decisión dictada el 14 del mismo mes y año, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta, y en consecuencia FIRME el fallo apelado. Publíquese, regístrese y devuélvase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparoinadmisioncarga procesalderechos constitucionalestribunalesjurisprudencia

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