Sentencia N° 4687 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4687, Exp. 02-1312, 14/12/2005
Expediente02-1312
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la remisión de un expediente por parte del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, en relación a una decisión que desaplicó un artículo del Reglamento de la Ley de Abogados. La Sala determinó que solo las sentencias firmes pueden ser objeto de revisión, y en este caso, la decisión remitida no era firme, lo que impide su revisión. Por lo tanto, la Sala no acepta la remisión del expediente y ordena su devolución.
Extracto de la motiva
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala en nombre de la República y por autoridad de la Ley, no acepta la remisión del expediente contentivo de la decisión que dictó el 20 de mayo de 2002, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, toda vez que la referida sentencia no se encuentra definitivamente firme y, en consecuencia, ordena su devolución.
Dispositiva
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala en nombre de la República y por autoridad de la Ley, no acepta la remisión del expediente contentivo de la decisión que dictó el 20 de mayo de 2002, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, toda vez que la referida sentencia no se encuentra definitivamente firme y, en consecuencia, ordena su devolución.
Palabras clave
control difusoconstitucionalidadsentencia firmeremisión de expedienteseguridad jurídicadecisión judicial