Sentencia N° 4662 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 4662, Exp. 05-1709, 14/12/2005
Expediente05-1709
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-12-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar la apelación interpuesta por los ciudadanos Yaneth Gutiérrez E. y otros, revocando el fallo del Juzgado Superior que había declarado con lugar la acción de amparo presentada por Roberto Aguilera y Raúl Piñango. La Sala concluyó que la decisión del Juzgado presuntamente agraviante no violó derechos constitucionales, ya que la acción de amparo no puede ser utilizada como un medio para revisar decisiones de fondo ya resueltas en instancias anteriores. Se destacó que la incorrecta aplicación de normas no constituye por sí sola una infracción constitucional.

Extracto de la motiva

La Sala, al analizar la situación, determinó que los accionantes pretendían impugnar el fondo de la sentencia dictada en última instancia, lo cual no es procedente a través de la acción de amparo. Se enfatizó que el amparo constitucional no debe ser utilizado como un recurso para revisar decisiones de otros órganos jurisdiccionales, sino para proteger derechos y garantías constitucionales. La Sala concluyó que la decisión del Juzgado de Primera Instancia no incurrió en usurpación de funciones ni en abuso de poder, ajustándose a la jurisprudencia establecida.

Dispositiva

PRIMERO.- CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada María De Fátima Goncalves, en representación de los ciudadanos Yaneth Gutiérrez E., Juan P. Gutiérrez E., Dayana Gutiérrez E., María V. Gutiérrez y María Del Pilar Gutiérrez. SEGUNDO.- REVOCA el fallo apelado, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 11 de julio de 2005, que declaró con lugar la presente acción de amparo. TERCERO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Ernesto Roberto Reidtler Cabaña, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Roberto Aguilera y Raúl Piñango, contra la decisión dictada, el 31 de marzo de 2005, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la misma Circunscripción Judicial.

Palabras clave

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