Sentencia N° 466 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 466, Exp. 03-2265, 26/03/2004
Expediente03-2265
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-03-26
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de marzo de 2004, declaró que no ha lugar a la solicitud de revisión interpuesta por los apoderados de PERGIS, C.A. contra la sentencia de la Sala de Casación Civil del 12 de noviembre de 2002, que había casado sin reenvío la decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. La Sala fundamentó su decisión en que la sentencia recurrida no se apartó de la interpretación constitucional y no encuadra en los supuestos para ser revisada.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la solicitud de revisión, establece que la revisión de sentencias es un mecanismo extraordinario y discrecional, y que en este caso, la sentencia de la Sala de Casación Civil no incurrió en violaciones a la Constitución. Se reafirma que la revisión no puede ser entendida como una nueva instancia y que la negativa a revisar no implica violación del derecho a la defensa. La Sala concluye que la decisión de la Sala de Casación Civil fue conforme a derecho y que no se presentaron las causales para la revisión solicitada.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por los apoderados judiciales de PERGIS, C.A., contra la decisión que dictó la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia el 12 de noviembre de 2002, la cual casó sin reenvío la sentencia recurrida que dictó el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 27 de septiembre de 2000.