Sentencia N° 4652 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 4652, Exp. 04-2047, 14/12/2005
Expediente04-2047
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la remisión de un expediente por parte del Juzgado de Primera Instancia Agrario, en el cual se desaplicó un artículo del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. La Sala determinó que la decisión remitida no era firme y, por lo tanto, no podía ser objeto de revisión. Se enfatizó que solo las sentencias firmes pueden ser revisadas, y en este caso, la decisión era un auto de mero trámite.

Extracto de la motiva

Esta Sala ha señalado, en diversas oportunidades, que sólo las sentencias definitivamente firmes son las que pueden ser objeto de revisión, por lo que al tratarse el presente caso de la remisión de una decisión en la que existe un control de la constitucionalidad de leyes o normas por parte de un Tribunal de la República, es menester que se tenga evidencia cierta de si ese pronunciamiento enviado a esta Sala realmente tiene ese carácter. En efecto, en el caso de autos la sentencia remitida fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual conoce de la causa en primera instancia, sin embargo, observa esta Sala que la decisión que contiene la desaplicación se trata de un auto de mero trámite o si se quiere de una interlocutoria que tiene como finalidad ordenar el proceso, que además no se encuentra firme y que está lejos de poner fin al proceso en el que se dictó.

Dispositiva

En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala en nombre de la República y por autoridad de la Ley, no acepta la remisión del expediente contentivo de la decisión que dictó el 19 de julio de 2004, el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, toda vez que la referida sentencia no se encuentra definitivamente firme y, en consecuencia, ordena su devolución.

Palabras clave

control difusoconstitucionalidadsentencia firmeauto de trámiteremisión de expedienteJuzgado Agrarioseguridad jurídica

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