Sentencia N° 464 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de octubre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0464, Exp. 24-0119, 25/10/2024
Expediente24-0119
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La sentencia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Wilcar Josue Meneses contra la decisión de la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado extemporáneo un recurso de apelación. La Sala Constitucional establece su competencia para conocer del caso y argumenta que la acción no cumple con los requisitos de admisibilidad, dado que el demandante no alegó impedimentos para interponer el amparo en el tiempo establecido.
Extracto de la motiva
En consecuencia la declaratoria de extemporaneidad dada a priori por la referida Corte de Apelaciones colocó al ciudadano WILCAR MENESES en estado de indefensión absoluta al privarlo de la posibilidad de agotar la segunda Instancia para defender sus derechos, lo que se traduce en una violación de orden constitucional al privarlo del acceso a la justicia, equivale tal situación a denegar justicia que la omisión es considerada la mayores de las incongruencias produciendo la violación de los artículos 26,51 y 49 de la CRBV, amén de la falta de notificación por de la decisión tomada por la referida Corte de Apelaciones, en inobservancia de su obligación de notificarme debidamente de dicho fallo creando consecuencialmente indefensión en mi persona.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.- INADMISIBLE la acción amparo antes reseñada, conforme a lo previsto en el artículo 6, cardinal 4, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Palabras clave
indefensiónapelaciónjusticiaconstitucionalderechosCorte de Apelaciones