Sentencia N° 4634 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4634, Exp. 00-1993, 14/12/2005
Expediente00-1993
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-14
DecisiónExtinguida la acción por pérdida sobrevenida del interés procesal
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara extinguida la acción por pérdida sobrevenida del interés procesal en un recurso de interpretación interpuesto por Adalberto de Jesús Bencomo Briceño. La decisión se basa en la falta de manifestación de interés por parte del recurrente tras la notificación de la decisión anterior. Se ordena el archivo del expediente correspondiente.
Extracto de la motiva
Ahora bien, consta al folio 15 del expediente diligencia del Alguacil de esta Sala, suscrita también por el Secretario, del 14 de octubre de 2004, donde se deja constancia que el 14 y 23 de septiembre y 14 de octubre del mismo año dicho funcionario se dirigió al domicilio procesal de la parte recurrente y no localizó al ciudadano Adalberto de Jesús Bencomo Briceño, por lo que dejó copia de la notificación de la decisión dictada el 13 de agosto de 2004 en la puerta de la oficina de dicho ciudadano. Al ser ello así, esta Sala Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, considera como notificado al ciudadano Adalberto de Jesús Bencomo Briceño desde el 14 de octubre de 2004 de la aludida decisión, sin que a la fecha haya manifestado su interés de que el recurso de interpretación interpuesto sea resuelto. Por tanto, visto que ha transcurrido holgadamente el lapso de diez (10) días que se le otorgó para tal fin, esta Sala Constitucional, de conformidad con la decisión dictada el 13 de agosto de 2004, declara extinguida la acción por pérdida sobrevenida del interés procesal y, en consecuencia, ordena el archivo del expediente. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN por pérdida sobrevenida del interés procesal en el recurso de interpretación interpuesto el 14 de marzo de 2000 por el ciudadano Adalberto de Jesús Bencomo Briceño, del artículo 13 del Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente mediante el cual se regulan las funciones del Poder Legislativo, publicado en la Gaceta Oficial de la República N° 36.776 del 31 de agosto de 1999, y del Acuerdo dictado por ese mismo órgano el 26 de enero de 2000, publicado en la Gaceta Oficial N° 36.878 de la misma data. En consecuencia, SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.
Palabras clave
extincion de accioninteres procesalrecurso de interpretaciontutela judicial efectivanotificacioncodigo de procedimiento civil