Sentencia N° 462 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de abril de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 462, Exp. 10-0978, 25/04/2012
Expediente10-0978
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-04-25
DecisiónLA PÉRDIDA DEL INTERÉS, y por tanto, el ABANDONO DEL TRÁMITE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Wilmer José Azuaje Cordero, quien impugnó el acuerdo de la Asamblea Nacional que levantó su inmunidad parlamentaria. La Sala asumió la competencia tras la declinatoria de la Sala Político-Administrativa, pero observó que desde el 20 de enero de 2011 no hubo actuación en el expediente, lo que llevó a considerar la pérdida del interés procesal del solicitante. Finalmente, se declaró el abandono del trámite del recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
No obstante que esta Sala asumió la competencia para tramitar la solicitud de nulidad planteada por el ciudadano Wilmer José Azuaje Cordero contra el Acuerdo de la Asamblea Nacional que autorizó que continuase su enjuiciamiento en el proceso judicial allí mencionado, esta Sala hace constar que desde el 20 de enero de 2011 no ha habido actuación alguna en el expediente. En esa oportunidad, el mencionado ciudadano solicitó que la Sala se pronunciase sobre el recurso de nulidad interpuesto. Se ha dicho que el interés procesal surge de la necesidad que tiene un particular, por una circunstancia o situación real en que se encuentra, de que a través de la administración de justicia el Estado le reconozca un derecho y se le evite un daño injusto, personal o colectivo. En relación con esto, la Sala ha establecido que la presunción de pérdida del interés procesal puede darse en dos casos de inactividad: antes de la admisión de la demanda o después de que la causa ha entrado en estado de sentencia, y en este segundo caso se declara cuando ha rebasado el término de prescripción del derecho objeto de la pretensión. En el resto de los casos, es decir, entre la admisión y la oportunidad en que se dice “vistos” y comienza el lapso de decisión de la causa, la inactividad produce la perención de la instancia.
Dispositiva
Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara LA PÉRDIDA DEL INTERÉS, y por tanto, el ABANDONO DEL TRÁMITE, respecto al Recurso de Nulidad que, conjuntamente con una medida cautelar innominada, interpuso el ciudadano Wilmer José Azuaje Cordero contra el “Acuerdo mediante el cual se levanta la Inmunidad al ciudadano Diputado Wilmer José Azuaje Cordero, en los términos y condiciones previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela núm. 39.395, del 26 de marzo de 2010. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
interés procesalabandonos de trámiteinmunidadrecurso de nulidadjusticiaconstitución