Sentencia N° 4612 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4612, Exp. 03-1104, 13/12/2005
Expediente03-1104
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación presentado por el ciudadano G/D (Ej) Gonzalo García Ordóñez, en situación de retiro, sobre el artículo 330 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Sala fundamenta su decisión en la falta de interés jurídico personal y directo del recurrente, dado que se encuentra en situación de retiro y no puede ejercer los derechos políticos que pretende interpretar.
Extracto de la motiva
La Sala estima que el recurrente carece de interés jurídico personal y directo en el presente proceso motivo por el cual la Sala no reconoce su legitimidad para incoar la presente acción. Así se declara. De allí, que como quiera que la legitimación es un requisito constitutivo de la acción y que, en el presente caso, el mismo no ha sido satisfecho, no se hace necesario examinar la admisibilidad de la pretensión objeto de estos autos, por virtud de lo cual la Sala obviará cualquier pronunciamiento en este sentido. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de interpretación propuesto por el ciudadano G/D (Ej) GONZALO GARCÍA ORDÓÑEZ, en situación de retiro, asistido por las abogadas Silvana A. Gómez Mercado, Rosa Virginia Cabrera Carpio, Silvana A. Mercado García y Devora Carpio de Cabrera, del artículo 330 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese, regístrese y Archívese. Cúmplase lo ordenado.