Sentencia N° 461 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de octubre de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0461, Exp. 19-0581, 02/12/2019
Expediente19-0581
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2019-10-10
DecisiónIMPROPONIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia n° 323, declara improponible la solicitud de revisión constitucional presentada por miembros de la organización política COPEI. La decisión se fundamenta en la imposibilidad de revisar sentencias dictadas por la misma Sala, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- IMPROPONIBLE la solicitud de revisión constitucional formulada contra la sentencia n° 323 de fecha 27 de agosto de 2019, dictada por esta Sala Constitucional. 2.- Se DESIGNA en forma temporal la Junta Directiva Ad Hoc del Partido Nacional COPEI, que estará conformada por las siguientes personas: Mesa Directiva de la Dirección Nacional: Presidente: Miguel Salazar R., V-8.322.115 1er. Vicepresidente: Alexander Cordero G., V-6.246.647 2do. Vicepresidente: Jesús Jiménez Vílchez, V-4.166.929 Secretario General: Juan Carlos Alvarado P., V-16.203.548 Secretario Adjunto: José Jonathan Patty, V-13.600.387 Vocales Principales: 1.Antonio Sotillo Luna, V-1.259.908 2. Carlos Melo, V-3.724.106 3.Alexander Paredes J., V-20.588.040 4.Rafael Blanco G., V.4.390.622 5.Pedro Pablo Fernández R., V-10.525.316 6.Héctor Solano S., V-8.045.059 Vocales Suplentes: 1.Juan Fersaca F., V-25.661.997 2.Miguel Parra G., V-4.872.414 3.Rafael Hernández A., V-6.029.809 4.Silvia Melina Vásquez N., V-16.982.241 5.Orlando Medina, V-7.804.202 6.Iber Asencion, V-6.810.828 Publíquese, regístrese y se ordena notificar de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia al Consejo Nacional Electoral y al ciudadano Miguel Salazar, designado como Presidente del Partido Social Cristiano (COPEI) así como remitirles copia certificada de la misma. Adjúntese copia del presente fallo al expediente n° 15-0860. Así se decide.
Dispositiva
1.- IMPROPONIBLE la solicitud de revisión constitucional formulada contra la sentencia n° 323 de fecha 27 de agosto de 2019, dictada por esta Sala Constitucional. 2.- Se DESIGNA en forma temporal la Junta Directiva Ad Hoc del Partido Nacional COPEI.