Sentencia N° 461 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de junio de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 461, Exp. 17-0263, 27/06/2017
Expediente17-0263
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-06-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por el abogado Fredis Antonio Torcartes, en representación del Aeropuerto Internacional Jacinto Lara, contra el Acuerdo n° C.M. 253-15 del Concejo Municipal de Iribarren. La Sala declaró su competencia para conocer el recurso y admitió la solicitud de nulidad, argumentando que el Concejo Municipal había incurrido en omisiones administrativas que afectaban la operatividad del aeropuerto y la seguridad de la zona. Además, se ordenó la acumulación de este expediente con otro relacionado, buscando evitar sentencias contradictorias y asegurar la economía procesal.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el recurso de nulidad, consideró que el Acuerdo n° C.M. 253-15, que declaraba terrenos ejidos en la parroquia Juan de Villegas, afectaba directamente la operatividad del Aeropuerto Internacional Jacinto Lara. Se argumentó que el Concejo Municipal había actuado sin la debida consulta a las autoridades competentes en materia aeronáutica, lo que podría poner en riesgo la seguridad del aeropuerto y de las personas que habitan en sus cercanías. La Sala enfatizó la importancia de respetar las normativas nacionales e internacionales en materia de seguridad aeroportuaria y la necesidad de proteger los derechos de los usuarios y la comunidad en general.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida de amparo cautelar por el abogado Fredis Antonio Torcartes, apoderado judicial del AEROPUERTO INTERNACIONAL JACINTO LARA, en primer lugar contra el Acuerdo n° C.M. 253-15, emanado del Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Iribarren del Estado Lara, publicado en la Gaceta Municipal del referido Municipio, N° 85, Ordinaria, del 05 de octubre de 2015, que acordó la corrección del Acuerdo n° C.M. 235-15, de fecha 17 de septiembre de 2015, y en segundo lugar, contra la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza de Ejidos y Terrenos de Propiedad Municipal, publicado en la Gaceta Municipal n° 4289, Extraordinaria del 09 de octubre de 2015. 2.- ADMITE el referido recurso de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar. 3.- ORDENA citar al Presidente del Concejo Municipal del Municipio Iribarren del Estado Lara, al Síndico Procurador Municipal del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Procurador General de la República y, asimismo, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal General de la República y al Defensor del Pueblo. 4.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre la medida cautelar solicitada. 5.- ACUMULA la acción contenida en este expediente n.° 17-0263 al expediente signado con el n.° 16-0659, por lo que suspende la tramitación de éste último asunto hasta tanto la presente causa se encuentre en el mismo estado.
Palabras clave
NulidadAeropuerto Internacional Jacinto LaraConcejo Municipal IribarrenOrdenanza de EjidosSeguridad Aeroportuaria