Sentencia N° 460 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0460, Exp. 25-0984, 09/04/2026
Expediente25-0984
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-04-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por el abogado David Ricardo Carrizalez Gualta en representación de Ramesh Roberto Persad Cedeño, contra un decreto de aseguramiento de su vivienda. La acción se fundamenta en la alegación de violación de derechos constitucionales, en el contexto de un proceso penal por presunta invasión. La Sala, tras analizar el caso, decidió declarar con lugar la acción de amparo, considerando que el proceso penal no era el adecuado para resolver el conflicto de propiedad en cuestión.

Extracto de la motiva

Por cuanto se está ejecutando una orden contraria a derecho. ¿Por qué se dice que es una orden contraria a derecho, aunque sea un decreto o un acto ordenado por un órgano jurisdiccional? Porque es menester aclarar, ciudadano magistrado, de que en el presente caso que nos ocupa es un proceso que no reviste de cara penal. El cual debe ser resuelto ante la jurisdicción civil, que es el órgano competente por la naturaleza del asunto. En virtud de que si bien es cierto que el proceso penal contempla el delito de invasión, por el cual la Sala de Casación Penal dictó sentencia con ponencia del magistrado Michael Moreno, donde estableció cuáles son los requisitos que deben operar para la calificación del tipo penal de invasión. Así como además de interpretar el delito de invasión, también hicieron interpretación sobre el delito de perturbación a la posesión pacífica. En dicha sentencia se estableció que como requisito para que opere el delito de invasión, el inmueble no debe estar en disputa con relación a la propiedad. Y en el presente caso que nos ocupa, el ciudadano Federico Báez, quien acredita ser víctima en el presente proceso, le dio en venta a mi representado Ramesh Roberto PERSAD Cedeño el inmueble en cuestión, a través de documento privado de opción a compra y del cual existen los recibos de pago que fueron otorgados por Federico Báez a nuestro representado. Documentos que reposan en el asunto principal JP01-P2023-000178. De igual forma, es menester indicar a esta digna corto que cursa proceso civil de demanda contentivo de demanda de cumplimiento de contrato interpuesta por nuestro representado. Ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo civil mercantil del tránsito y bancario de la circunscripción judicial del estado Guárico, identificado con la nomenclatura 8414, del cual invoco el principio del hecho notorio judicial. En ese proceso civil, la presunta víctima del proceso penal reconvino en la demanda por contrademandando la resolución del contrato. Dicho proceso se encuentra en estado de sentencia, el cual se venció el laxo de los 60 días para que el tribunal civil como tribunal de cognición y tribunal natural de la causa dictara la sentencia en el cual se pronunció y dictó un auto de diferimiento por exceso de trabajo, exceso de expedientes y cúmulo de trabajo. En otro orden de ideas, ciudadano magistrado, tanto la sala de casación civil como la sala constitucional han establecido criterios a través de jurisprudencia, sentencias vinculantes, donde han dejado sentado que el proceso penal es la última ratio, que se deben agotar todos los procesos, acciones, defensas, mecanismos de defensas de los asuntos que correspondan a la jurisdicción civil antes de acudir a la vía penal.

Dispositiva

Se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por David Ricardo Carrizalez Gualta, en representación de Ramesh Roberto Persad Cedeño, contra el decreto de aseguramiento de la vivienda ubicada en la avenida Bolívar, casa número 34, San Juan de los Morros, Estado Guárico.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos constitucionalesinvasión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca