Sentencia N° 46 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 46, Exp. 07-1248, 19/02/2008
Expediente07-1248
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Néstor Colmenares Romero contra la sentencia del 29 de junio de 2007, que declaró con lugar la apelación de María del Carmen Rueda. La Sala revocó la decisión apelada, declarando sin efecto la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre un inmueble, así como nulo el convenio homologado por el tribunal inferior. La decisión se fundamentó en la violación del debido proceso y la falta de notificación al demandante sobre la apelación interpuesta por la parte demandada.

Extracto de la motiva

La materia objeto de conocimiento de esta alzada, trata de la apelación interpuesta por la representación de la parte demandada contra la decisión de fecha 15 de marzo de 2007, que negó su solicitud de que se declarara sin efecto la medida de prohibición de enajenar y gravar acordada y de que se declare nulo el convenimiento y el auto de homologación. Observa esta juzgadora, que el inmueble sobre el cual se decretó medida de prohibición de enajenar y gravar en fecha 29 de noviembre de 1999, fue adquirido por la ciudadana MARÍA DEL CARMEN RUEDA, a través de un crédito del Banco Sofitasa, otorgado con recursos provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Urbano (FONDUR), constituyéndose sobre dicho bien, una hipoteca habitacional, legal y de primer grado, cuyo plazo de pago es de veinte (20) años luego de la protocolización. En dicho documento se estableció que entran en la hipoteca constituida, todos los derechos y anexidades que le corresponden al inmueble, y que la compradora MARÍA DEL CARMEN ROA no podría enajenar, ni gravar nuevamente, ni total ni parcialmente el inmueble hipotecado, sin la autorización expresada por escrito por parte de El Fiduciario. Dicho documento de adquisición e hipoteca del inmueble fue protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en fecha 14 de junio de 1.997, quedando anotado bajo el Nº 8, Tomo 40, Folios 50 al 56, Protocolo Primero, Segundo Trimestre.

Dispositiva

1) ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por ciudadano Néstor Colmenares Romero, contra la sentencia dictada, el 29 de junio de 2007, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada (ciudadana María del Carmen Rueda), contra la decisión dictada, el 15 de marzo de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que negó la solicitud de la parte demandada de declarar sin efecto la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada el 29 de noviembre de 1999, nula la transacción judicial celebrada entre las partes del 30 de junio de 2000 y nulo el auto que homologó el referido acto de autocomposición procesal dictado el 20 de julio del mismo año. En consecuencia, revocó la decisión apelada, declaró sin efecto la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada el 29 de noviembre de 1999; nula la transacción realizado entre las partes, y nulo el auto de homologación del 20 de julio del mismo año, dictado por mencionado juzgado de primera instancia; 2) ACUERDA medida cautelar innominada y, en consecuencia, mientras se decide la presente causa, se suspenden los efectos de la sentencia dictada, el 29 de junio de 2007, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, antes referida; y 3) ORDENA la notificación del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Palabras clave

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