Sentencia N° 459 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de mayo de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 459, Exp. 12-1273, 06/05/2013
Expediente12-1273
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-06
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de mayo de 2013, declaró no ha lugar la solicitud de revisión presentada por el abogado Luis Toussaint Rivas en representación de Freddy Alexis Ortega Araque. La revisión se solicitó contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, que había declarado sin lugar un recurso de apelación y confirmado la inadmisibilidad de una demanda de nulidad de contrato de venta. La Sala consideró que no existían infracciones grotescas de interpretación de normas constitucionales que justificaran la revisión solicitada.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la demanda debe ser declarada inadmisible, de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por existir prohibición expresa en la ley de acumular en el libelo pretensiones cuyos procedimientos sean incompatibles entre sí, lo que en el caso concreto causó grave indefensión, por cuanto no fue cumplido el trámite especial para la tacha, y a pesar de ello la sentencia recurrida declaró falso el documento impugnado por esa vía. Por las razones expuestas, la Sala declara de oficio la infracción de los artículos 77, 78 y 341 del Código de Procedimiento Civil y en virtud de que este pronunciamiento hace innecesario una nueva decisión sobre el asunto controvertido, se CASA DE OFICIO Y SIN REENVIO el fallo recurrido, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión que presentó el abogado Luis Toussaint Rivas, en su condición de apoderado judicial del ciudadano FREDDY ALEXIS ORTEGA ARAQUE, contra la sentencia que dictó el 11 de junio de 2012, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

Palabras clave

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