Sentencia N° 4572 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4572, Exp. 05-1813, 13/12/2005
Expediente05-1813
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la Asociación Civil Comité de Familiares Vigilantes de los Derechos Humanos de los Privados de Libertad, argumentando que no se acreditó la representación de los internos y que la acción no se corresponde con la naturaleza del amparo. Se destaca que la asociación no tiene legitimidad para actuar en nombre de un colectivo que no es parte de la misma, y que no se presentó prueba suficiente de la representación de intereses colectivos.
Extracto de la motiva
La Sala estima que no existe en el expediente recaudo alguno que evidencie con certeza y suficiencia la prueba de la representación de intereses colectivos, esto es, de que un grupo determinado o determinable de personas (reclusos) han aceptado esta representación, razón por la cual se considera que la accionante no tiene la legitimación requerida para actuar en nombre de 'la población penal de internos e internas de todos los centros de reclusión del país'. Así se decide.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por la ASOCIACIÓN CIVIL COMITÉ DE FAMILIARES VIGILANTES DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD, asistida por el abogado Jhon Franklin Vidal contra 'la errada aplicación del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por parte de los Tribunales de Primera Instancia en funciones de Juicio, en defensa de los derechos colectivos de los internos e internas recluidos en los distintos centros penitenciarios del país'. Publíquese y comuníquese. Archívese el expediente.