Sentencia N° 455 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de agosto de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0455, Exp. 20-0497, 02/08/2022
Expediente20-0497
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-08-02
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara su incompetencia para conocer de la acción de amparo interpuesta por Miguel Antonio Prieto Narváez contra las decisiones de la directiva de la organización política Alianza del Lápiz. Se determina que la acción no fue dirigida contra los órganos electorales competentes, lo que lleva a la conclusión de que la Sala no tiene jurisdicción sobre el caso. Además, se resalta la falta de impulso procesal por parte del demandante, lo que se considera un abandono del trámite.
Dispositiva
1.- INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANTONIO PRIETO NARVÁEZ. 2.- Declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite. 3.- IMPONE a la parte accionante una multa por la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00).
Palabras clave
amparo constitucionalcompetenciaabandonos de trámitetutela judicialderechos constitucionales