Sentencia N° 4547 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4547, Exp. 04-1807, 13/12/2005
Expediente04-1807
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por el abogado Gustavo Adolfo Añez Torrealba, en representación del General de División (Ej) Efraín Vásquez Velazco, contra la decisión de la Corte Marcial que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala determinó que el recurso de apelación y la acción de amparo se fundamentaban en los mismos vicios, lo que llevó a declarar inadmisible el amparo. Finalmente, se confirmó la decisión de la Corte Marcial, declarando sin lugar el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La acción de amparo que dio lugar a la decisión objeto de la presente apelación, tiene por finalidad la declaratoria de nulidad de la decisión dictada por el Tribunal Militar de Primera Instancia Permanente en función de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la orden de aprehensión en contra del ciudadano General de División (EJ) Efraín Vásquez Velazco, y el restablecimiento de la situación jurídica infringida, que constituye, a juicio del accionante, violaciones constitucionales a la libertad, al debido proceso y a la defensa de su defendido. Por su parte, la Corte Marcial, declaró inadmisible la acción de amparo propuesta, por considerar, que el accionante había ejercido al mismo tiempo en contra de la referida decisión tanto el recurso de apelación como la acción de amparo constitucional. La Sala observa que el accionante ejerció el 15 de junio de 2004, recurso de apelación en contra de la decisión que dictó el Tribunal Militar de Primera Instancia Permanente en función de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que decretó la orden de aprehensión en contra del ciudadano General de División (Ej) Efraín Vásquez Velazco y el 18 de junio de 2004 interpuso ante la Corte Marcial acción de amparo constitucional, es decir, tres (3) días después de haber ejercido el recurso de apelación, sin esperar que éste fuese resuelto.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1° SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Gustavo Adolfo Añez, el 28 de junio de 2004, en contra de la decisión emitida por la Corte Marcial. 2° CONFIRMA en los términos expuestos en el presente fallo, la decisión dictada el 23 de junio de 2004, por la Corte Marcial, mediante la cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Gustavo Adolfo Añez Torrealba, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano General de División (Ej) EFRAÍN VÁSQUEZ VELAZCO, contra la decisión emanada del Tribunal Militar de Primera Instancia Permanente en función de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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