Sentencia N° 451 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de noviembre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0451, Exp. 25-0320, 09/04/2026
Expediente25-0320
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2025-11-24
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 1843, dictada el 18 de noviembre de 2025, presentada por el abogado Carlos Manuel Guillermo Padrón en representación de Bader Guillermina González Dager. La Sala determinó que la solicitud era improcedente, ya que no se especificaron las dudas u omisiones que se pretendían aclarar en el fallo original.
La decisión resalta que la aclaratoria de sentencias tiene como objetivo corregir errores materiales y no modificar el contenido de la decisión de fondo. En este caso, la parte solicitante no cumplió con los requisitos necesarios para que la aclaratoria fuese admitida, lo que llevó a la Sala a declarar improcedente la solicitud.
Finalmente, se ordenó que la presente decisión se considere parte integrante del fallo original y se notificara a las partes involucradas.
Extracto de la motiva
La aclaratoria de sentencias, tiene por objeto lograr que sea expresada en mejor forma la decisión, de manera que permita el conocimiento cabal de su contenido, evitando las dudas o los malos entendidos que la lectura de su texto pueda generar, a los fines de la apropiada comprensión integral de la decisión. Siendo ello así, tenemos que cuando lo que se procure con la solicitud de aclaratoria sea cuestionar la sentencia, argumentándose que la decisión debía dictarse en una forma distinta, y que lo que se pretenda sea obtener la modificación o revocatoria del fallo que estima le resultase lesiva o contraria a sus intereses, en contra de lo dispuesto por el ordenamiento jurídico, la misma resultará no ha lugar. Ahora bien, de seguido, pasa la Sala a pronunciarse en cuanto a la admisibilidad de la solicitud que nos ocupa, al respecto, se verifica que el 24 de noviembre de 2025, el abogado Carlos Manuel Guillermo Padrón, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BADER GUILLERMINA GONZÁLEZ DAGER, ambos ya identificados, se da por notificado del contenido de la sentencia N° 1843, del 18 de noviembre de 2025 y solicita la aclaratoria de la misma mediante diligencia que riela en el folio (206) de la pieza principal del presente expediente, en la cual expresó “Solicito aclaratoria en términos generales a la decisión dictada por esta Sala Constitucional en esta causa y así mismo solicito copia certificada de la referida decisión”. En tal sentido, esta Sala, en anteriores oportunidades, ha establecido que la posibilidad de aclarar o ampliar la sentencia tiene como propósito el de rectificar los errores materiales, dudas u omisiones que se hayan podido cometer en el fallo, pero, con la advertencia, de que dicha facultad no se extiende hasta la revocatoria o reforma de éste, sino a corregir las imperfecciones que le resten claridad a sus declaraciones. De allí, que la eventual aclaratoria o ampliación de una decisión judicial esté limitada a exponer, con mayor precisión, algún aspecto de la misma que haya quedado ambiguo u oscuro, bien porque no esté claro su alcance en un punto determinado de la sentencia (aclaratoria), o bien, porque se haya dejado de resolver un pedimento (ampliación). Además, la aclaratoria permite corregir los errores materiales en que haya podido incurrir la sentencia, vale decir: errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos. Así, atendiendo a lo anteriormente expuesto, considera esta Sala que, en el presente caso, no se dan los supuestos de procedencia de la aclaratoria de la sentencia N° 1843, del 18 de noviembre de 2025, toda vez que la parte solicitante solo se limitó a solicitar la aclaratoria en términos generales sin señalar cuáles fueron las dudas u omisiones que se hayan podido cometer en el fallo, por lo cual, resulta improcedente la solicitud planteada. Así se declara.
Dispositiva
Por las precedentemente razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE, la solicitud de aclaratoria de la sentencia número N.° 1843, del 18 de noviembre de 2025, interpuesta por el abogado Carlos Manuel Guillermo Padrón, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BADER GUILLERMINA GONZÁLEZ DAGER ambos ya identificados. En consecuencia, téngase la presente decisión como parte integrante del referido fallo. Publíquese y regístrese. Notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.