Sentencia N° 450 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de abril de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 450, Exp. 11-0683, 25/04/2012
Expediente11-0683
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-04-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por la empresa Alimentos La Esmeralda, C.A. (ALESCA) contra varias personas y decisiones judiciales, alegando fraude procesal. La Sala determinó que la acción era inadmisible por inepta acumulación de pretensiones, ya que se denunciaron múltiples agraviantes en un solo libelo, lo que generó incompetencia para el conocimiento del amparo. Finalmente, se aceptó la competencia declinada por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de Zulia y se declaró la inadmisibilidad de la acción.

Extracto de la motiva

Determinada la competencia, pasa la Sala a pronunciarse sobre el asunto sometido a su conocimiento, para lo cual observa: De los alegatos expuestos en el escrito libelar, la presente acción de amparo constitucional, fue ejercida contra el abogado José Luis Bracho, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Christopher Mata; la ciudadana Eliana Sánchez, quien es funcionaria de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial del Estado Zulia, el auto del 11 de enero de 2011, dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante el cual se acordó diferir la audiencia de juicio; la sentencia del 01 de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Superior Quinto del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró sin lugar la apelación ejercida por el quejoso contra el auto dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia antes referido, que acordó diferir la celebración de la audiencia de juicio y el fallo del 01 de marzo de 2011, dictado por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, todo en virtud de un presunto fraude procesal y evidente colusión, en el juicio seguido por el ciudadano Christopher Mata contra la quejosa, por accidente de trabajo. De manera que, esta Sala considera indispensable hacer referencia a que la parte actora ejerció varios señalamientos contra distintos presuntos agraviantes en una misma acción de amparo constitucional, en tal sentido, denunció como agraviantes a dos (02) personas naturales y a tres (03) órganos jurisdiccionales distintos, como lo son el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el Tribunal Superior Quinto de Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ACEPTA la competencia declinada mediante decisión del 16 de mayo de 2011, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en consecuencia, declara INADMISIBLE por inepta acumulación la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada, por la abogada Nancy Villamizar Polanco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.744, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil de ALIMENTOS LA ESMERALDA, C.A. (ALESCA), contra el abogado José Luis Bracho, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Christopher Mata, la ciudadana Eliana Sánchez, quien es funcionaria de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, el auto del 11 de enero de 2011, dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la sentencia del 01 de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Superior Quinto de Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y el fallo del 01 de marzo de 2011, dictado por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

amparo constitucionalinepta acumulacióncompetenciaderechos constitucionalestribunalesprocedimiento civil

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