Sentencia N° 4496 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4496, Exp. 04-2277, 13/12/2005
Expediente04-2277
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre la consulta de amparo constitucional presentada por Wilfredo Morales Vera, en su carácter de Gerente de PROFESIONALES INVERSIONISTAS PROFEL, C.A. La acción se origina por decisiones del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, que se opuso a una medida cautelar. La Sala constata que ha transcurrido el lapso de treinta días sin que las partes manifestaran interés en la consulta, por lo que acuerda remitir el expediente al tribunal de origen para su archivo.
Extracto de la motiva
Visto que mediante oficio No. 0570-432 del 20 de julio de 2004, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, remitió a esta Sala el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Wilfredo Morales Vera, titular de la cédula de identidad No. 9.255.300, actuando con el carácter de Gerente de PROFESIONALES INVERSIONISTAS PROFEL, C.A., asistido por el abogado José Manuel Medina Briceño, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 24.808, actuando asimismo como apoderado judicial de la referida empresa, contra las decisiones dictadas el 28 de mayo de 2004, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante las cuales se abocó al conocimiento de la causa seguida por la parte accionante y decidió la oposición a la medida cautelar decretada en el proceso de intimación incoado por la accionante contra la Asociación Civil Pro Vivienda “Dr. José María Patiño Gil”. Visto que la remisión que efectuó el mencionado Juzgado obedeció a la consulta a la que se encontraba sometida la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 13 de julio de 2004, que declaró con lugar la presente acción de amparo y ordenó al Juzgado presuntamente agraviante dictar nueva sentencia respecto a la oposición a la medida cautelar decretada en el proceso de intimación incoado por la accionante.
Dispositiva
Esta Sala Constitucional, al constatar que la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Palabras clave
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