Sentencia N° 445 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de agosto de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0445, Exp. 21-0314, 02/08/2022
Expediente21-0314
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-08-02
DecisiónIMPROPONIBLE en derecho

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Elvis de Jesús Chourio Solarte, quien había solicitado amparo constitucional por daños psicológicos y físicos causados por sus vecinos. La apelación fue declarada improponible en derecho, ya que el ordenamiento jurídico venezolano no prevé una tercera instancia en este tipo de acciones. La Sala exhortó a la Corte de Apelaciones a no dar curso a recursos que entorpezcan su labor.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROPONIBLE en derecho la apelación ejercida por el abogado ELVIS DE JESÚS CHOURIO SOLARTE, contra la sentencia dictada, el 1 de marzo de 2021, por la Sala n.° 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido.

Palabras clave

apelaciónamparoderechosjusticiaconstitucionaljurisprudencia

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