Sentencia N° 445 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de mayo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 445, Exp. 14-0117, 15/05/2014
Expediente14-0117
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la solicitud de revisión presentada por Sandra Fabiola Pino Rodríguez, quien impugnó sentencias de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo. La Sala argumentó que la solicitante no presentó copias certificadas de las sentencias que pretendía revisar, lo que constituye una carga procesal indispensable. Además, se desestimó la revisión de la sentencia N° 2011-1013, dictada el 29 de septiembre de 2011, por considerar que no se evidenciaron violaciones a derechos constitucionales ni errores en la interpretación de la ley por parte de la Corte Primera.
Extracto de la motiva
motivación de la sentencia basándose en el falso supuesto de hecho, consistente en afirmar que la reducción de personal que afectó a la querellante se fundamento (sic) en un proceso de cambio en la organización administrativa, cuando lo cierto es que la reducción de personal que afectó a la querellante se basó o dictó el acto con motivo a (sic) una limitación financiera, de allí que resulte falso y por tanto erróneo que afirme la Juzgadora del A quo en el fallo recurrido que mi representada incumplió con lo establecido en el artículo 119 del Reglamento General de la Ley de Carrera Administrativa, pues dicha norma solo era aplicable a los casos en los cuales los motivos que justificaban el retiro por reducción de personal eran debidas (sic) a una modificación de los servicios o ha (sic) cambios en la organización administrativa, más (sic) no al caso en el cual dicha reducción de personal tuviera fundamento o como motivo una limitación financiera, como en efecto, ocurrió en el caso sub índice (sic)…’ (Subrayado de la cita). (…) Visto lo anterior, corresponde a esta Corte verificar si la decisión dictada IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 28 por el Juzgado A quo, se encuentra fundamentada en hechos inexistentes o falsos, caso en el cual se configuraría el falso supuesto de hecho o si al decidir el Tribunal de la Causa, subsumió los hechos en una norma errónea o inexistente en el derecho positivo, o incurrió en una errónea interpretación de las disposiciones aplicadas, que sería el caso del falso supuesto de derecho. Ello así, se observa que el Tribunal A quo, indicó que ‘…el retiro de un funcionario público fundamentado en la reducción de personal, es un procedimiento administrativo constituido e integrado por una serie de actos como la elaboración del informe del organismo debidamente motivado, es decir que justifique la medida, presentación de la solicitud, aprobación por parte de la Junta Directiva del Instituto Autónomo de Policía Muni
Dispositiva
1.- INADMISIBLE la solicitud de revisión formulada por la ciudadana SANDRA FABIOLA PINO RODRÍGUEZ, asistida de abogada, antes identificadas, de las sentencias dictadas por las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo entre los años 2002 y 2013. 2.- Que NO HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia N° 2011-1013, dictada el 29 de septiembre de 2011 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.
Palabras clave
reducción de personalprocedimiento administrativoLey de Carrera Administrativafalso supuesto de hechoreorganización administrativalimitaciones financierassentenciarecurso contencioso