Sentencia N° 442 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de agosto de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0442, Exp. 19-0514, 02/08/2022
Expediente19-0514
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-08-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Nizar Abou Assaf Eid El Ashkar y Jesús Eduardo Delascio Montero contra una sentencia del Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. La decisión de la Sala ordena la notificación de los jueces del tribunal inferior y suspende la ejecución de la sentencia impugnada hasta que se dicte la sentencia de mérito en el amparo. Se destaca la presunta violación de derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y al debido proceso por parte del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

por el silencio de pruebas al no valorar los documentos generados por la Alcaldía del Municipio Palavecino, [con lo que les] lesionó el derecho a la defensa y al debido proceso, viciando el fallo ya que, de haber valorado las pruebas la conclusión hubiera sido otra (…), que mientras no exista vinculación a la materia agraria, (…), la competencia por la materia que tiene la acción de reivindicatoria (sic), que no está sometida a ningún fuero especial (…), es una acción de carácter civil y busca la restitución de un derecho real. Siendo una de las materias del tribunal, quiere decir que la competencia por la materia en este caso por ser terrenos desafectados y al no tener ninguna vinculación a otro fuero, es de conocimiento de la jurisdicción civil ordinaria. Al establecer que la competencia es agraria incu[rre] en violación a este derecho constitucional, [pues] el tribunal agrario no es competente para decidir, ya que es una demanda de reivindicación civil que tiene una ausencia total de elementos de conexión agraria.

Dispositiva

Se ordena la suspensión de la sentencia dictada el 8 de agosto de 2019, el Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y que es objeto de la presente acción de amparo; y, en consecuencia se suspende la ejecución de la sentencia dictada el 12 de junio de 2019, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, en el juicio de Regulación de Competencia.

Palabras clave

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