Sentencia N° 441 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de agosto de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0441, Exp. 19-0316, 02/08/2022
Expediente19-0316
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-08-02
DecisiónORDENA
Resumen
La Sala Constitucional del TSJ recibió un recurso de apelación en amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos Wissam Kiwan y Wassfi Al Chair. El recurso fue presentado contra una decisión del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo que declaró improcedente la pretensión de amparo. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso y ordenó al juzgado remitente que enviara un cómputo de los días transcurridos entre la fecha de la decisión apelada y la fecha en que se interpuso el recurso.
Extracto de la motiva
Ahora bien, durante el examen realizado al expediente remitido por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, la Sala se percató de que dicho tribunal superior, a pesar de haber oído dicho recurso en ambos efectos, no ordenó la elaboración del cómputo de los días transcurridos entre la fecha de la decisión apelada y la fecha en que fue interpuesto el presente recurso de apelación, por lo que considera esta Sala que, a fin de salvaguardar la tutela judicial efectiva, es necesario, previo a la emisión del fallo respectivo, requerir dicha información. Siendo así, y en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho, en atención a lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, dicta auto para mejor proveer y, en consecuencia, ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de que conste en autos su notificación, más cuatro (4) días que se conceden como término de la distancia, de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, remita un cómputo por Secretaría de los días de despacho transcurridos en ese juzgado entre el día 3 de junio de 2019, exclusive, fecha en la cual se dictó la sentencia objeto de apelación, y el día 6 de junio de 2019, inclusive, fecha en que se interpuso el recurso de apelación, ello a los fines de verificar los aspectos que interesan a esta Sala para decidir el presente recurso de apelación de la acción amparo constitucional interpuesta por ante el referido juzgado superior en el expediente identificado con el alfanumérico KP02-O-2019-000029.
Dispositiva
ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de que conste en autos su notificación, más cuatro (4) días que se conceden como término de la distancia, remita un cómputo por Secretaría de los días de despacho transcurridos en ese juzgado entre el día 3 de junio de 2019, exclusive, y el día 6 de junio de 2019, inclusive.