Sentencia N° 44 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de febrero de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 44, Exp. 14-0765, 23/02/2017
Expediente14-0765
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2017-02-23
DecisiónExtinción de la instancia por pérdida del interés

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 1322, admitiendo la demanda de protección de derechos e intereses colectivos y difusos presentada por varios ciudadanos contra la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda. Sin embargo, tras la falta de actuación de los demandantes desde el 4 de agosto de 2014, la Sala decidió declarar la extinción de la instancia por pérdida del interés procesal, revocando la medida cautelar acordada anteriormente. La decisión se fundamenta en la inactividad de los accionantes y la falta de impulso del proceso por parte de la Defensoría del Pueblo.

Extracto de la motiva

Visto lo anterior, pasa esta Sala a decidir y advierte que desde el 4 de agosto de 2014, fecha en la que los ciudadanos Yusmelys Patiño, María Collante, Alfredo Duplats y otros, confirieron poder Apud Acta a los abogados Juan Luis Núñez García, Lewis José Mavares García y Raúl José Rodríguez Ugarte en la presente causa, no se ha realizado ninguna otra actuación por parte de los accionantes. Ahora bien, en este tipo de demandas la Sala ha señalado que no procede la perención, pero sí la declaratoria de pérdida de interés procesal de la parte actora. Al respecto, en sentencia número 228, caso: Asociación de Vecinos Lomas de la Esmeralda, Segunda Etapa (ASOLOMES) dictada el 13 de abril de 2010, se estableció que: “(…) la Sala ha de reiterar una vez más el criterio establecido, sostenido y reiterado, en relación a la aplicación de la figura de la perención en los procesos en los cuales se encuentran involucrados los derechos o intereses colectivos o difusos. Al respecto, esta Sala ha dejado sentado que no procede esta figura procesal sino que lo pertinente es la extinción de la instancia por pérdida del interés de la parte actora, entre otras sentencias como la N° 2867/03.11.2003 y N° 4602/13.12.2005, que “… tal como se ha señalado en sentencias anteriores, se ratifica el criterio respecto a que los derechos e intereses colectivos y difusos son de orden público, razón por la cual a las acciones que son intentadas para su protección no les es aplicable la perención de la instancia.” En tal sentido, no es procedente la solicitud efectuada de declarar la perención de la instancia. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la demanda ejercida por los ciudadanos YUSMELYS PATIÑO, MARÍA COLLANTE, ALFREDO DUPLATS, JONATHAN CASTILLO, XIOMARA ROMERO, JOSÉ DANIEL MESA, NATACHA WILFRED, ROCÍO RODRÍGUEZ, ANTONIO BELLO, JOSÉ CASTELLANOS, KAREN PABÓN y SOLANGE MESA, contra de la Alcaldía del Municipio Sucre del estado bolivariano de Miranda, en la persona del ciudadano Carlos Eduardo Ocariz Guerra, se REVOCA la medida cautelar acordada. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióninterés procesalderechos colectivosextinción de instanciafalta de actuación

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