Sentencia N° 44 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 44, Exp. 07-1604, 19/02/2008
Expediente07-1604
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por la abogada Iris Medina de García en representación de los ciudadanos Ángel Iván Fernández Urdaneta y Ángel Antonio Fernández Urdaneta. La solicitud se refería a una sentencia dictada por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas, que había declarado parcialmente con lugar una acción reivindicatoria y por daños y perjuicios. La Sala declaró su competencia para conocer el asunto, pero advirtió que faltaba la copia certificada del fallo judicial objeto de revisión, lo que constituye un requisito indispensable para admitir la solicitud.
Extracto de la motiva
La solicitud de revisión constitucional puede ejercerse respecto a los siguientes actos: a) sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional; b) sentencias definitivamente firmes en las que se haya ejercido el control difuso de la constitución; c) decisiones de las demás Salas del Tribunal Supremo de Justicia; d) decisiones que se aparten de la doctrina vinculante de esta Sala Constitucional; y, e) sentencias interlocutorias que pongan fin a los procesos. En el presente caso, la abogada Iris Medina de García ha solicitado la revisión del precitado fallo que emitió el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que esta Sala se declara competente para el conocimiento del pedimento en referencia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Iris Medina de García, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad núm. 4.468.481, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el núm. 21.760, actuando como apoderada judicial de los ciudadanos ÁNGEL IVÁN FERNÁNDEZ URDANETA y ÁNGEL ANTONIO FERNÁNDEZ URDANETA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad núms. 8.489.458 y 9.758.823 respectivamente, respecto de la sentencia dictada el 11 de mayo de 2006 por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la acción reivindicatoria y por daños y perjuicios incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES 4/10, C.A., contra los hoy solicitantes.
Palabras clave
revisión constitucionalsentenciainadmisibilidadacción reivindicatoriadaños y perjuicioscompetenciaJuzgado SuperiorLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia