Sentencia N° 44 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de enero de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 44, Exp. 06-1221, 19/01/2007
Expediente06-1221
PonenteARCADIO DE JESÚS DELGADO ROSALES
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-01-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional revisa la solicitud de revisión de una sentencia dictada por el Tribunal Militar Cuarto de Juicio, que condenó al solicitante a cuatro años de prisión por sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada. El solicitante argumenta que no pudo apelar la decisión debido a la falta de conocimiento sobre su publicación. Sin embargo, la Sala determina que no hay suficientes recaudos que verifiquen lo alegado por el solicitante.

Extracto de la motiva

Ahora bien, la Sala, luego del análisis exhaustivo de las actas que conforman el presente expediente, constata que no existen en autos recaudos suficientes que le permitan verificar lo sostenido por el solicitante, y al efecto determinar que la sentencia que se ha sometido a su revisión se encuentra definitivamente firme, razón por la cual, considera necesario, a los fines de pronunciarse sobre la presente solicitud de revisión, ORDENAR a la Secretaría que, a tenor de lo previsto en el artículo 21 párrafo 13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, oficie al Tribunal Penal Militar Cuarto de Juicio Accidental del Circuito Judicial Penal Militar del Estado Táchira, a fin de que informe, dentro del lapso de veinticuatro (24) horas, más nueve (9) días de término de distancia, que se computarán desde la recepción del oficio correspondiente, si contra dicho fallo se interpuso apelación y en caso afirmativo, si ya fue decidida la misma, en cuyo caso deberá remitir copia certificada del acto decisorio que, a la fecha, ya debió haber expedido la alzada competente.

Dispositiva

Se le advierte al mencionado Juzgado Militar que, en el caso de no acatar la orden impartida en el presente auto, la Sala impondrá las sanciones contenidas en el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide. Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

revisión de sentenciatribunal militarapelaciónsustracción de efectosderechos procesalesLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca