Sentencia N° 439 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 439, Exp. 17-0345, 05/06/2017
Expediente17-0345
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-06-05
DecisiónImprocedente in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Raúl Leonardo Mendoza Cañizales, en representación de la firma mercantil La Kuvacha, contra la decisión del Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. La acción se fundamentó en la alegación de violación de derechos constitucionales debido a la supuesta insolvencia que justificó una demanda de desalojo y falta de pago. La Sala concluyó que la acción de amparo no es un medio para reabrir asuntos ya decididos judicialmente, y que las denuncias de violaciones a derechos fundamentales no eran procedentes en este caso.
Extracto de la motiva
La Sala ha establecido en reiteradas oportunidades que la sentencia dictada en última instancia no puede ser vista de nuevo, salvo que ésta se halle afectada por un agravio constitucional distinto al que constituyó el objeto del juicio en las instancias. Por ello, el amparo contra sentencias está sometido a estrictos requisitos, tendentes a evitar que, con el pretexto de la supuesta violación de derechos constitucionales, se intente reabrir asuntos ya resueltos judicialmente, no obstante, advierte esta Sala que no es suficiente que el denunciante invoque la violación de un derecho constitucional como infringido, sino que se pueda evidenciar que la violación alegada sea producto de un hecho que no haya sido juzgado en las causas que preceden a la acción de amparo interpuesta.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo interpuesta por el ciudadano RAÚL LEONARDO MENDOZA CAÑIZALES, actuando en su nombre y de la firma mercantil LA KUVACHA, contra la decisión dictada el 7 de febrero de 2017, por el Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Palabras clave
amparo constitucionaldesalojofalta de pagoinsolvenciaderechos constitucionales