Sentencia N° 4383 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4383, Exp. 05-1705, 12/12/2005
Expediente05-1705
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Luis Omar García Obando, quien impugnó una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil que declaró sin lugar su acción. La Sala consideró que la acción de amparo no puede ser utilizada como una tercera instancia para revisar decisiones ya juzgadas. Se concluyó que el tribunal de origen no incurrió en violaciones de derechos constitucionales, y se confirmó la decisión del Juzgado Superior.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional es un medio destinado exclusivamente a proteger el goce y ejercicio de los derechos constitucionales, por lo que no se puede convertir en una tercera instancia en la cual, se juzgue nuevamente sobre el mérito de una controversia ya juzgada por los jueces de la causa, o de hacer una valoración del mérito de las pruebas que ya fueron objeto de la soberana apreciación de aquellos. Así, es oportuno señalar el criterio sostenido por esta Sala en sentencia del 15 de febrero de 2000 (caso: Enrique Méndez Labrador), que asentó: “... la tutela del derecho a la justicia y al debido proceso no compromete la posibilidad de discutir los errores cometidos en los juzgamientos. La revisión de los errores cometidos por los jueces en su actividad decisoria, debe ser revisada, como se explicó precedentemente, con los medios o recursos dispuestos en el ordenamiento. No es la acción de amparo, en consecuencia, la vía idónea para proponer su examen”.
Dispositiva
1°- SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte accionante. 2°.- SE CONFIRMA la decisión dictada el 25 de mayo de 2005 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró SIN LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Luis Omar García Obando.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho de defensadebido procesosentenciajuzgadoacción de amparopruebacompetencia