Sentencia N° 4382 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 4382, Exp. 05-1668, 12/12/2005
Expediente05-1668
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió remitir el expediente al tribunal de origen, ya que la consulta de la decisión dictada por la Corte Marcial fue elevada después de la publicación de la sentencia N° 1307. La decisión objeto de consulta quedó firme por falta de actividad de las partes, quienes no manifestaron su interés en que la causa fuese decidida dentro del plazo establecido. Por lo tanto, se acuerda el archivo del expediente.

Extracto de la motiva

Visto que, la referida decisión fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.220, del 1° de julio de 2005. Como, en el caso de autos, la consulta de la decisión dictada el 10 de junio de 2005, por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar, con ocasión de la acción de amparo constitucional intentada por el abogado José F. Campos Alvarado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 31.338, defensor de los ciudadanos MIGUEL ALKADER VARELA GAMBOA, BENITO ALFREDO CÁCERES VILLAMIZAR, GERSON DANIEL VARELA MOLINA, YORGI ENRIQUE TORRES NIÑO, YOHAN ALIRIO COLMENARES RAMÍREZ y JOSÉ ANDRÉS ACEVEDO RIVERO, titulares de las cédulas de identidad números 9.235.735, 11.108.717, 11.503.322, 14.217.242, 15.080.576 y 12.477.800, respectivamente, contra el Tribunal Militar Décimo Tercero de Control del referido Circuito Judicial Penal; fue elevada después del 1° de julio de 2005, de modo que, como es evidente, no estaba pendiente de decisión antes de esa oportunidad, no será decidida.

Dispositiva

Por tanto, el fallo que fue objeto de la consulta a que se contraen estas actuaciones ha quedado definitivamente firme, razón por la que este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda la remisión de este expediente al Tribunal de la causa, sin más trámite, para su archivo. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalconsulta de leydecisión firmeGaceta OficialCorte Marcialfalta de actividadexpedienteremisión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca