Sentencia N° 4381 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 4381, Exp. 05-1660, 12/12/2005
Expediente05-1660
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la decisión N° 1307 el 12 de diciembre de 2005, en la que se abordó la consulta de ley relacionada con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se determinó que la consulta no estaba pendiente de decisión, ya que fue elevada después de la publicación de la sentencia N° 1307, lo que llevó a declarar firme el fallo objeto de la consulta. En consecuencia, se ordenó la remisión del expediente al tribunal de origen para su archivo.

Extracto de la motiva

Visto que, la referida decisión fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.220, del 1° de julio de 2005. Visto que la presente causa se refiere a la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, el 22 de junio de 2005, que declaró con lugar el amparo constitucional intentado por el abogado Raider Meneses, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.677, a favor del ciudadano JOSÉ MANUEL ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 12.437.007. Como, en el caso de autos, la consulta fue elevada después del 1° de julio de 2005, de modo que, como es evidente, no estaba pendiente de decisión antes de esa oportunidad, no será decidida. Por tanto, el fallo que fue objeto de la consulta a que se contraen estas actuaciones ha quedado definitivamente firme, razón por la que este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda la remisión de este expediente al Tribunal de la causa, sin más trámite, para su archivo.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda la remisión de este expediente al Tribunal de la causa, sin más trámite, para su archivo.

Palabras clave

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