Sentencia N° 438 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de abril de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 438, Exp. 03-2920, 05/04/2011
Expediente03-2920
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-04-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Pilar América Cermeño Benavides contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala confirmó la decisión de inadmisibilidad, argumentando que la medida de arresto disciplinario impuesta a los alguaciles Francisco Alberto Cermeño y Víctor Manuel Quintero había sido levantada antes de la interposición del amparo, lo que cesó la violación de derechos constitucionales. La Sala también destacó que la sanción de arresto no estaba prevista para funcionarios judiciales, lo que constituyó un ejercicio arbitrario de la potestad disciplinaria por parte de la juez accionada.

Extracto de la motiva

A los fines de delimitar el objeto de la presente controversia, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se observa que la acción de amparo constitucional (en modalidad de habeas corpus) ha sido interpuesta contra la orden de arresto por ocho (8) días dictada, el 13 de octubre de 2003, por el Juzgado Quincuagésimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, contra los ciudadanos Francisco Alberto Cermeño y Víctor Manuel Quintero. En su acción de amparo, la parte actora delató la violación del derecho a la libertad personal, del debido proceso, del derecho a la defensa y del principio de legalidad sancionatoria, consagrados en los artículos 44.1 y 49 en sus numerales 1, 2 y 6, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, fundamentando tales denuncias en los siguientes argumentos medulares: a) Que los ciudadanos Víctor Manuel Quintero y Francisco Alberto Cermeño no pudieron fueron privados arbitrariamente de su libertad, por parte de la Juez accionada; b) Que a dichos ciudadanos les fue negada toda posibilidad de defenderse de la medida de arresto decretada en su contra; c) Que a los quejosos se les impuso una sanción que no está prevista en la ley.

Dispositiva

Por las motivaciones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado PEDRO MIGUEL CASTILLO, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCISCO ALBERTO CERMEÑO y VÍCTOR MANUEL QUINTERO, contra la sentencia dictada el 28 de octubre de 2003, por la Sala nro. 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, la cual se CONFIRMA. Remítase copia certificada del presente fallo a la Inspectoría General de Tribunales, a los fines de que se formule acto conclusivo en el expediente administrativo que se le sigue a la ciudadana BELKIS CEDEÑO OCARIZ, por sus actuaciones como Juez del Juzgado Quincuagésimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos humanoslibertad personaldebido procesojuzgadosinadmision

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca