Sentencia N° 437 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de mayo de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 437, Exp. 10-0093, 18/05/2010
Expediente10-0093
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2010-05-18
DecisiónCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de recursos de nulidad por inconstitucionalidad, declarando su competencia para conocer del recurso interpuesto por Henry Pereira Gorrin contra el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala fundamentó su decisión en los artículos 333 y 336 de la Constitución, así como en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, reiterando la importancia de la tutela judicial cautelar en estos casos.
Extracto de la motiva
En cuanto a la competencia para conocer de recursos como el de autos, se advierte que la competencia para declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales dictadas por la Asamblea Nacional fue asignada a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en el cardinal 1 del artículo 336 del Texto Fundamental, según el cual corresponde exclusivamente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como jurisdicción constitucional, “(…) Declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional que colidan con esta Constitución (…)” y el cardinal 6 del artículo de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, puesto que el artículo impugnado está inserto en una ley orgánica nacional dictada por la Asamblea Nacional, de conformidad con las disposiciones constitucional y legal invocadas, la Sala se declara competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por el ciudadano HENRY PEREIRA GORRIN, en su propio nombre, contra el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, en consecuencia, ORDENA remitir el expediente a Juzgado de Sustanciación, a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
inconstitucionalidadcompetenciaLey Orgánica Procesal del Trabajoacción de nulidadTribunal Supremo de Justicia