Sentencia N° 434 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de marzo de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 434, Exp. 08-0120, 25/03/2008
Expediente08-0120
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-03-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional revisa una decisión del Tribunal Sexto de Primera Instancia que desaplicó el artículo 16 del Código Penal, respecto a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad. Se declara la extinción de la responsabilidad penal del ciudadano Yohandry Alexis Aguilar por cumplimiento de la pena impuesta. La Sala ordena al tribunal remitente que informe si la decisión está definitivamente firme y que remita las notificaciones pertinentes.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional establece que el Juez del Tribunal Sexto de Primera Instancia solicitó la revisión de su sentencia, en la que inaplicó el artículo 16 del Código Penal. Se considera que la sujeción a la vigilancia de la autoridad como pena accesoria es contraria a la norma constitucional, ya que no cumple con la función de reinserción del individuo a la sociedad. La Sala también menciona su potestad para revisar sentencias de control de constitucionalidad y la necesidad de certeza sobre la firmeza del fallo que se revisa.
Dispositiva
En consecuencia, esta Sala Constitucional ordena al Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia que, en un lapso de dos (2) días contínuos, siguientes a su notificación, más el término de la distancia, que en el presente caso es de ocho (8) días, que se contarán desde la recepción del oficio correspondiente, informe a esta Sala si la decisión cuya copia certificada fue remitida está definitivamente firme, y remita copia certificada de las notificaciones de las partes de la decisión que dictó el 10 de diciembre de 2007 y del recurso de apelación que se incoó, si fuera el caso.
Palabras clave
revisión constitucionaldesaplicaciónCódigo Penalresponsabilidad penalvigilancia de la autoridadlibertad plenacontrol difusojurisprudencia