Sentencia N° 433 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 433, Exp. 17-0139, 05/06/2017
Expediente17-0139
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-06-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre su competencia para conocer de una acción de amparo constitucional presentada por el abogado César Augusto Padilla Alcalá en representación de Daniel Alfredo Clemente Natera. Se establece que la Sala tiene competencia para conocer de demandas de amparo contra decisiones de juzgados superiores, excepto en casos contenciosos administrativos.

Extracto de la motiva

La Sala debe pronunciarse sobre su competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional. En este sentido, se observa que el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y el artículo 25.20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia establecen que esta Sala tiene la competencia para conocer de las demandas de amparo constitucional autónomo contra las decisiones que dicten los juzgados superiores de la República, con excepción de las demandas de amparo constitucional que se incoen contra los fallos de los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo. Se observa que la demanda de amparo bajo examen está dirigida contra una decisión dictada por una Corte de Apelaciones. En consecuencia, la competencia para conocer de la presente demanda le corresponde a esta Sala Constitucional. Así se declara.

Dispositiva

ORDENA notificar al abogado César Augusto Padilla Alcalá, antes identificado, para que CORRIJA el escrito contentivo de la acción de amparo constitucional, en el lapso de dos (2) días hábiles siguientes a su notificación, en los términos indicados en el presente auto. Si no lo hiciere, la acción de amparo será declarada inadmisible.

Palabras clave

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