Sentencia N° 431 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de mayo de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0431, Exp. 16-0704, 02/08/2022
Expediente16-0704
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2022-05-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de la sentencia N° 374 de fecha 15 de junio de 2016, dictada por la Sala de Casación Civil. Se determinó la competencia de la Sala para conocer de la solicitud, en virtud de lo establecido en el artículo 336.10 de la Constitución. La Sala ordenó remitir el expediente correspondiente para formalizar el recurso de casación interpuesto por el abogado Pedro José Rodríguez Ríos, actuando como apoderado judicial de la ciudadana Janipsy Mayanet Puerta Rada.
Extracto de la motiva
Visto entonces que en el caso sub iudice, la sentencia objeto de solicitud de revisión, de fecha 15 de junio de 2016, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala es competente para conocer y decidir la presente solicitud. Así se decide. Ahora bien, esta Sala a los fines de pronunciarse sobre la procedencia de la solicitud de revisión, contra la sentencia N° 374 de fecha 15 de junio de 2016, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala Constitucional considera pertinente hacer uso de la potestad que le es dada al juez constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento (Vid. Sentencia de la Sala Constitucional Nº 698/09, caso: Álvaro Luis Escalona y otro) y de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dicta un auto para mejor proveer y ordena a la Secretaría de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, remitir el cómputo correspondiente al lapso para formalizar el recurso de casación interpuesto por el abogado Pedro José Rodríguez Ríos, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Janipsy Mayanet Puerta Rada, en el expediente signado con el alfanumérico n°AA-20-C-2015-000241, el cual sirvió como fundamento a la decisión N°374, de fecha 15 de junio de 2016 emanada de su respectiva Sala.
Dispositiva
Corresponde a esta Sala determinar su competencia para conocer de la presente solicitud de revisión y, a tal efecto, advierte que el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, le atribuye a esta Sala Constitucional la potestad de revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva.