Sentencia N° 430 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 430, Exp. 08-1254, 28/04/2009
Expediente08-1254
PonenteFrancisco A. Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-04-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión de la sentencia N° 562, dictada el 29 de abril de 2008, por la Sala de Casación Social. La decisión se basa en la insuficiencia del poder otorgado a los abogados que representaban al ciudadano Sam Kobeissi, quien no acreditó debidamente su representación judicial para interponer la solicitud de revisión. La Sala enfatiza la importancia de la representación adecuada en estos casos, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la solicitud de revisión de autos fue presentada, ante esta Sala Constitucional, por los abogados Harry D. James y Luis A. Santos Castillo, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 16.557 y 1.332, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Sam Kobeissi, según mandato autenticado el 21 de junio de 2007, por ante la Notaria Pública Cuarta de Maracaibo bajo el N° 81, Tomo 44 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria. En ese sentido, resulta necesario precisar que los interesados en solicitar la revisión de alguna sentencia definitivamente firme deben, obligatoriamente, estar asistidos o debidamente representados por un abogado para la interposición del escrito contentivo de dicha solicitud, debiendo ello constar en su contenido y consignar, junto al libelo, en el caso de apoderados, el documento debidamente otorgado que acredite la representación para esa causa ante este Máximo Tribunal, con el fin de verificar dicho carácter, de conformidad con lo previsto en el tercer aparte del artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional de la sentencia N° 562, dictada el 29 de abril de 2008, por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los abogados Harry D. James y Luis A. Santos Castillo, actuando en representación del ciudadano SAM KOBEISSI. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

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