Sentencia N° 43 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0043, Exp. 19-0670, 07/04/2021
Expediente19-0670
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-04-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Rafael Mata Pérez en representación de INVERSIONES CHURRASQUERÍA BAR & GRILL 2011 .C.A. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de consignación del poder en original o copia certificada que acredite la representación judicial del abogado. La Sala reafirma la importancia de cumplir con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

En consecuencia, con la interposición de una demanda, recurso, solicitud o acción de amparo constitucional, necesariamente debe consignarse original o copia certificada del poder de quien se atribuya la representación judicial de otro, “so pena” de inadmisión de la solicitud, todo ello en razón de que no debe existir duda acerca de esa representación en cuanto a los efectos jurídicos en cabeza de aquel que podría no haber conferido tal cualidad a quien hubiere actuado en su nombre. Así se declara. En virtud de lo anterior, forzosamente esta Sala debe declarar inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado José Rafael Mata Pérez, en alegada representación de INVERSIONES CHURRASQUERÍA BAR & GRILL 2011 .C.A, contra la sentencia del 10 de julio de 2019, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui de conformidad con lo establecido en el artículo 133.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud que el poder no fue consignado en original o copia certificada. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional contra la sentencia dictada, el 10 de julio de 2019, por el Juzgado Superior en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadrepresentación judicialpoderLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

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