Sentencia N° 43 — Sala Constitucional del TSJ (2015)

TSJ/SC, Sent. N° 43, Exp. 14-0073, 18/02/2015
Expediente14-0073
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión—
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Leocadio Manuel Padilla contra la sentencia N° 66-2013-D, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Estado Sucre, que declaró con lugar la prescripción adquisitiva a favor de Luigi Nuovo Amorese. La Sala determinó que la sentencia cuestionada fue motivada y congruente, cumpliendo con las exigencias legales, y que no se había violado ningún principio constitucional. Por lo tanto, se declaró no ha lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el ciudadano LEOCADIO MANUEL PADILLA, asistido por el abogado Carlos Eduardo Saca Miranda, de la sentencia N° 66-2013-D dictada, el 17 de octubre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, que declaró con lugar la prescripción adquisitiva, incoada en su contra por el ciudadano Luigi Nuovo Amorese.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el ciudadano LEOCADIO MANUEL PADILLA, asistido por el abogado Carlos Eduardo Saca Miranda, de la sentencia N° 66-2013-D dictada, el 17 de octubre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, que declaró con lugar la prescripción adquisitiva, incoada en su contra por el ciudadano Luigi Nuovo Amorese.

Palabras clave

prescripción adquisitivarevisión constitucionalderecho de propiedad

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