Sentencia N° 429 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de mayo de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0429, Exp. 19-0414, 15/05/2023
Expediente19-0414
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-05-15
DecisiónORDENA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Prisca Omaira Velásquez de Yantil contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de Nueva Esparta. Se establece la competencia de la Sala para conocer del caso y se ordena al juzgado remitente que envíe todas las piezas del expediente original de la causa judicial relacionada con la nulidad de venta absoluta interpuesta por la ciudadana Josefa López Villalba.
Asimismo, se ordena al abogado de los herederos de la accionante que presente el acta de defunción de Prisca Omaira Velásquez de Yantil y la sentencia que declare a los herederos. También se requiere al SENIAT que remita copia certificada de la declaración sucesoral y del certificado de liberación de la sucesión de la ciudadana mencionada. La decisión busca garantizar el debido proceso y la protección de los derechos de los herederos en el contexto de la acción de amparo constitucional.
Dispositiva
ORDENA de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, que en el lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos el recibo del oficio que a tal efecto se ordena librar, remita todas las piezas y cuadernos de incidencias del expediente original de la causa judicial n.° 09125/17 nomenclatura de la referida Alzada, correspondientes a la demanda de Nulidad de Venta Absoluta interpuesta por la ciudadana Josefa López Villalba, titular de la cédula de identidad n.° 2.299.377, contra la sociedad mercantil Terrazas Playa Guacuco S. A., inscrita en fecha 5 de febrero de 1.975, por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, bajo el n.° 48, folios 85 al 90 vuelto, tomo III; en caso de haber sido remitido al Tribunal que conoció en primera instancia dicha causa, deberá realizar los trámites necesarios con el fin de que sea enviado a esta Sala.
Palabras clave
amparo constitucionalrepresentación judicialherederosdebido procesoCódigo de Procedimiento Civil