Sentencia N° 425 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 425, Exp. 13-0090, 14/05/2014
Expediente13-0090
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónTerminado el procedimiento, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a una acción de amparo constitucional presentada por el abogado Rafael Alfonso Tosta Ríos en representación del Capitán Juan Rafael Urjelles Escalona, declaró terminado el procedimiento por abandono del trámite. La acción se fundamentó en la alegación de violación de derechos constitucionales al debido proceso y a la defensa, en relación con una decisión de la Corte Marcial que declaró inadmisible una recusación contra jueces militares.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional fue fundamentada en los siguientes argumentos: Alegó la violación de los derechos constitucionales al debido proceso, a la defensa y a ser juzgado por sus jueces naturales. Que “…Al actuar el Consejo de Guerra Permanente de Caracas y enviar el escrito contentivo de la RECUSACIÓN para que fuese resuelta por la Corte Marcial, incurrió en violación de las disposiciones contenidas en el artículo 118 del Código Orgánico de Justicia Militar, el cual dispone con toda precisión cual (sic) es el procedimiento que debe ser cumplido por el Consejo de Guerra Permanente, cuando es propuesta una RECUSACIÓN contra los tres (3) jueces de ese Tribunal Colegiado…”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite correspondiente a la presente acción de amparo, ejercida por el abogado Rafael Alfonso Tosta Ríos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.240, actuando en su carácter de defensor privado del Capitán de la Fuerza Aérea Venezolana, ciudadano JUAN RAFAEL URJELLES ESCALONA, titular de la cédula de identidad N° V-11.054.687, ejerció acción de amparo constitucional contra la decisión dictada, el 30 de julio de 2012, por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar.
Palabras clave
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